Contar con una asesoría laboral en Palma de Mallorca es fundamental para evitar situaciones complicadas como la falta de fondos en la cuenta bancaria cuando la Seguridad Social carga los seguros sociales de la empresa. Este tipo de incidencias pueden tener consecuencias graves, tanto económicas como administrativas, si no se gestionan con rapidez y conocimiento.
En Progestores, tu asesoría en Palma de Mallorca, acompañamos a las empresas en todo el proceso de gestión laboral para prevenir sanciones y mantener siempre al día las obligaciones con la Seguridad Social. Un pequeño descuido puede derivar en recargos, intereses e incluso embargos, por lo que contar con asesoramiento profesional es clave.
Consecuencias de no tener fondos al cargar los seguros sociales
Cuando la cuenta bancaria de la empresa no dispone de saldo suficiente para cubrir las cuotas de los seguros sociales, la Seguridad Social considera el pago como impagado. En ese momento, el sistema genera automáticamente recargos e intereses de demora, que aumentan el importe de la deuda con el paso del tiempo.
Si el impago persiste, la Tesorería General de la Seguridad Social inicia un procedimiento ejecutivo que puede culminar con el embargo de bienes. Este embargo puede afectar fondos bancarios, propiedades, nóminas u otros ingresos hasta saldar la deuda pendiente. Además, las empresas que mantienen cuotas impagadas pierden el derecho a bonificaciones, ayudas o subvenciones y pueden ver afectado el acceso a prestaciones como la jubilación hasta que se regularice la situación.
Plazos para pagar antes de la vía ejecutiva
El plazo reglamentario para realizar el pago voluntario suele extenderse hasta el último día del mes siguiente al devengo de la obligación. Por ejemplo, las cuotas correspondientes a septiembre deben abonarse antes de finalizar octubre. Si la deuda no se paga dentro de ese periodo, se abre automáticamente el plazo de recargo.
Recargos aplicables antes de la vía ejecutiva
- Durante el primer mes natural posterior al vencimiento: se aplica un recargo del 10% sobre el importe adeudado.
- A partir del segundo mes natural: el recargo aumenta al 20%.
- Si la deuda continúa sin pagarse, la Seguridad Social emite una providencia de apremio e inicia la vía ejecutiva, sumando intereses de demora y posibles embargos.
En resumen, las empresas disponen de un periodo aproximado de un mes tras el vencimiento para pagar con un recargo menor. Superado este tiempo, el coste de la deuda se incrementa notablemente y el riesgo de embargo se hace real.
Cómo actuar ante una falta de liquidez
En caso de dificultades económicas, existe la posibilidad de solicitar un aplazamiento del pago de los seguros sociales, justificando la falta de liquidez. Esta opción puede evitar consecuencias mayores y permite mantener la empresa en cumplimiento con la Seguridad Social mientras se estabiliza la situación financiera.
En Progestores sabemos que la prevención y la gestión adecuada de las obligaciones laborales son esenciales para la tranquilidad de tu negocio. Nuestra asesoría laboral en Palma de Mallorca está preparada para ayudarte a evitar sanciones y optimizar la gestión de tus recursos humanos y financieros.



